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Las deducciones en el IRPF por obras de eficiencia energética se amplían hasta finales de 2026
El Gobierno ha prorrogado las deducciones del 20 %, 40 % y 60 % por obras que reducen el consumo de energía de la vivienda. Te contamos plazos y requisitos.
Si estás pensando en cambiar ventanas, aislar tu casa o renovar la climatización, este año todavía puedes desgravarte parte de la obra en la declaración de la renta. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, amplía las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Hasta cuándo
- Vivienda habitual o vivienda alquilada (o que vayas a alquilar): obras hechas hasta el 31 de diciembre de 2026. El certificado de eficiencia energética de después de la obra debe estar expedido antes del 1 de enero de 2027.
- Edificios de uso residencial (obras de la comunidad): obras hasta el 31 de diciembre de 2027, con certificado antes del 1 de enero de 2028.
Cuánto se puede deducir
- 20 % de lo invertido, con un máximo de 5.000 € al año, si la obra reduce al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración.
- 40 %, con un máximo de 7.500 € al año, si reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o la vivienda pasa a clase energética A o B.
- 60 % para obras de rehabilitación energética del edificio completo, con un máximo de 5.000 € al año y 15.000 € en total.
Requisitos que conviene no olvidar
- Hace falta un certificado de eficiencia energética antes y otro después de la obra.
- Hay que pagar por transferencia o tarjeta, nunca en efectivo.
- No cuentan las zonas de la vivienda destinadas a una actividad económica, ni garajes, trasteros, jardines o piscinas.
Antes de empezar, consulta tu caso con tu asesor o con la Agencia Tributaria. Nosotros te ayudamos a planificar la obra para que encaje en los plazos.
Información general, no es asesoramiento fiscal ni legal. Comprueba tu caso con la administración o un profesional.